Acoso de acreedores Ley de Segunda Oportunidad

¿ME SEGUIRÁN ACOSANDO LOS ACREEDORES UNA VEZ INICIADO EL PROCEDIMIENTO DE LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

En la mayor parte de las ocasiones, cuando una persona se ve abocada a iniciar un procedimiento de Segunda Oportunidad a fin de cancelar sus deudas, implica que, con carácter previo, se ha visto obligada a tener que dejar de cumplir con sus obligaciones habituales de pago, empezando desde ese momento un auténtico calvario dado que los acreedores inician una persecución para intentar cobrar sus deudas, que en ocasiones raya la legalidad vigente.

Ahora bien, la Ley prevé mecanismos para que los acreedores no puedan tocar nuestro patrimonio si estamos inmersos en un procedimiento de Ley de Segunda oportunidad.

La mayor parte de las veces nos coaccionan hasta el infinito, nos amenazan y amedrantan con la intención de cobrar sus deudas, aprovechando que los deudores se encuentran sobrepasados por la situación.

En Date una Segunda Oportunidad no estás solo en esta situación. Nuestros Abogados estarán siempre a tu lado informándote de los pasos a seguir para que los acreedores no puedan continuar con el proceso coactivo y, si te interpusieran un procedimiento judicial en reclamación de cantidad, nuestros Abogados se encargarían de su paralización.

La Ley Concursal establece que, estando inmerso en un procedimiento de estas características, no se puede ejecutar ninguna deuda contra tu patrimonio hasta en tanto no esté resuelto el procedimiento Concursal. Por ello nuestros Abogados se personan en cada procedimiento abierto y luchan porque tu situación no sea más gravosa.

Actuamos en dos bandas: por un lado intentamos que te perdonen las deudas y por otro, y hasta en tanto en cuanto conseguimos ese objetivo, intentamos paralizar a los acreedores para que puedas respirar tranquilo.

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