Beneficios del Concurso sin masa

BENEFICIOS DEL CONCURSO SIN MASA EN LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Hay un perfil de deudor que se ha visto claramente beneficiado por los cambios en la Ley de Segunda Oportunidad tras la reforma que ha entrado en vigor el pasado mes de septiembre de 2022 y es el de aquellos que no tienen patrimonio alguno susceptible de liquidación.

El concurso sin masa es la modalidad de concurso de acreedores, para las personas físicas sin bienes que no puede hacer frente al pago de sus deudas. Se regula en los artículos 37 bis y siguientes de la reforma de la Ley Concursal del 2022 (Ley 16/2022):

Se considera que existe concurso sin masa cuando concurran los supuestos siguientes por este orden:

a) El concursado carezca de bienes y derechos que sean legalmente embargables.

b) El coste de realización de los bienes y derechos del concursado fuera manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal.

c) Los bienes y derechos del concursado libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento.

d) Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos.

Su peculiaridad radica en la velocidad con la que podemos realizar el trámite, permitiéndonos resolver la situación de insolvencia de forma casi inmediata.

El concurso sin masa, al igual que el resto de los concursos, se inicia mediante demanda firmada por Abogado y Procurador, si bien su tramitación es mucho más rápida toda vez que en la mayoría de las ocasiones el Juez se limita a examinar detenidamente la memoria económica y jurídica que le aportamos sin designación de Administrador concursal.

Si ningún acreedor muestra su oposición, el deudor, a través de su representación procesal, presentará un escrito por el que solicita la exoneración del pasivo insatisfecho conforme a la Ley de Segunda oportunidad y, si el Juez lo estima oportuno, mediante auto eximirá al deudor del pago de las deudas en el futuro.

Esta exoneración se puede conceder de forma permanente o durante un tiempo condicionada a que las circunstancias del deudor cambien y, transcurrido dicho plazo sin que haya modificación, el auto de exoneración provisional se convierte en definitivo.

Desde Date una Segunda Oportunidad, podemos asesorarte y acompañarte en todo el proceso con nuestros abogados especialistas en Ley Concursal.

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