Caso de Éxito Ley de Segunda Oportunidad

CANCELA SU DEUDA DE 51.470€

Los excesos con el uso de las tarjetas de crédito para sobrellevar los gastos diarios, llevaron a Josué a una situación insostenible. El intento de unificar todas las deudas en una única tampoco fue la solución, al encontrarse con una deuda demasiado grande para hacerle frente con unos intereses que agravaban aún más la situación a cada día que pasaba. Los intentos de pactar con las entidades bancarias una salida a esta situación tampoco dieron sus frutos ante las negativas a ofrecer una solución a la situación en la que se encontraba.

Tras recopilar toda la documentación necesaria y contar con el asesoramiento experto de nuestros abogados en la elaboración de su demanda, consiguió la declaración de su Concurso y, finalmente, la exoneración completa de sus deudas al concedérsele el EPI, como se puede ver en su sentencia.

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad no se precisan grandes requisitos:

Es imprescindible ser deudor de buena fe, no habiendo enajenado los bienes de forma fraudulenta y colaborando de forma activa y transparente con el juez, estar en situación de insolvencia, no tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos recientes, no haber sido sancionado por sanciones tributarias muy graves y no haber acudido recientemente a este mecanismo.

Lo más importante, es contar con un buen asesoramiento y estar acompañado en todo el proceso por profesionales expertos en Ley Concursal, abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad como son nuestros expertos de Date una Segunda Oportunidad.

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